Las fiscalizaciones tributarias son parte del proceso de control de las autoridades fiscales. Te contamos qué revisar antes de que llegue la notificación de SUNAT.
¿Qué son los precios de transferencia y por qué importan?
Los precios de transferencia son los valores pactados en las operaciones que realizan empresas vinculadas entre sí, es decir, empresas que forman parte de un mismo grupo económico, ya sea en el Perú o en el extranjero.
El problema que busca controlar SUNAT es simple: si las empresas vinculadas pueden fijar libremente los precios entre ellas, podrían trasladar utilidades hacia jurisdicciones con menor carga tributaria y reducir artificialmente su base imponible en el Perú. Para evitar esto, la normativa exige que esas operaciones se pacten como si fueran entre partes independientes. A ese criterio se le llama el principio de libre concurrencia.
¿Quiénes están obligados en el Perú?
En términos generales, están obligados a presentar declaraciones y contar con documentación de sustento quienes:
- Realicen operaciones con sujetos ubicados en países o territorios de baja o nula imposición.
- Tengan ingresos devengados en el ejercicio gravable superiores a 2,300 UIT y realicen transacciones con vinculadas que superen las 400 UIT.
- Formen parte de un grupo multinacional con ingresos consolidados iguales o superiores a 2,700 millones de soles.
¿Qué documentación exige SUNAT en una fiscalización?
Cuando SUNAT inicia una fiscalización de precios de transferencia, el primer documento que solicita es el Reporte Local. Uno bien estructurado debe contener:
- Descripción de funciones, activos y riesgos
- Justificación del método más apropiado
- Aplicación con empresas o transacciones comparables
Descubre si estas preparado:
Antes de que llegue cualquier notificación de SUNAT, te recomendamos verificar lo siguiente:
- Tu Reporte Local está elaborado, actualizado al último ejercicio fiscal y refleja con precisión la realidad operativa de tu empresa.
- Cuentas con evidencia de que los servicios intragrupo recibidos fueron efectivamente prestados (correos, informes, entregables).
- La declaración jurada informativa de precios de transferencia (Formulario Virtual N.° 3560) fue presentada en los plazos establecidos.
¿Qué pasa si SUNAT determina que los precios no son de mercado?
Si SUNAT concluye que las operaciones entre vinculadas no cumplen con el principio de libre concurrencia, puede realizar ajustes a la base imponible del Impuesto a la Renta. Esto significa que la empresa deberá pagar el impuesto como si la operación se hubiera realizado a precio de mercado, más los intereses moratorios correspondientes y, en algunos casos, multas por infracciones formales o sustanciales.
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La preparación para una fiscalización de precios de transferencia no debe iniciar cuando llega la notificación, sino que debe ser un proceso continuo, integrado a la gestión tributaria anual de la empresa. Contar con asesoría especializada es fundamental para anticipar contingencias y construir una posición defendible desde el inicio.