Riesgos Penales Tributarios: El Nuevo Imperativo en la Agenda del Directorio (Perú 2025/2026)

En el actual ecosistema empresarial peruano, la gestión de impuestos ha dejado de ser un asunto meramente contable para transformarse en un pilar estratégico del gobierno corporativo. Bajo un contexto de fiscalización agresiva, digitalización absoluta de comprobantes y controles sofisticados por parte de la SUNAT, los riesgos penales tributarios se han consolidado como una prioridad crítica. Ya no basta con asegurar el pago de tributos; el Directorio debe hoy comprender las implicancias penales de las decisiones corporativas y las responsabilidades de supervisión que recaen sobre sus hombros.

¿Qué es el Riesgo Penal Tributario y por qué importa hoy?

Entendemos por riesgo penal tributario la posibilidad real de que una compañía, sus representantes legales o sus administradores enfrenten investigaciones o enjuiciamientos por delitos contra la confianza pública y el fisco. Las consecuencias no son menores: hablamos de penas privativas de libertad, multas severas e inhabilitaciones, sumado a un daño reputacional que puede ser irreversible para la continuidad del negocio. En el periodo 2025-2026, este riesgo está intrínsecamente ligado a la solidez de la cultura de cumplimiento y a la eficacia de los controles internos y políticas antifraude de la organización.

El Marco Legal: La Ley Penal Tributaria y sus Sanciones

La columna vertebral de este régimen es el Decreto Legislativo N.º 813, cuyo fin es sancionar la defraudación y el fraude al fisco. Las modalidades de este riesgo se dividen principalmente en:

  • Defraudación Tributaria (Art. 1 y 2): El uso de engaños o artificios para reducir o anular el pago de tributos.
  • Modalidades Agravadas (Art. 4): La simulación de insolvencia o el aprovechamiento fraudulento de beneficios fiscales.

Las sanciones en Perú son rigurosas: la pena privativa de libertad oscila entre los 5 y 8 años para casos base, pudiendo elevarse hasta los 12 años en situaciones agravadas. Además, se imponen días-multa considerables e inhabilitaciones para contratar con el Estado, lo que podría asfixiar operativamente a muchas empresas.

Novedades del 2026: El Impacto del D.L. N.º 1716

La normativa no es estática. Con la reciente entrada en vigor del Decreto Legislativo N.º 1716, el marco legal se ha adaptado a los retos de la economía digital. Entre los cambios más disruptivos destacan:

  1. Sanciones al fraude digital: Se tipifica penalmente la falsificación de constancias de depósito del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT).
  2. Información falsa en el RUC: Se amplía la responsabilidad por datos falsos vinculados a la emisión electrónica.
  3. Agilidad procesal: Para ciertos delitos, ahora basta con un informe de hechos de la SUNAT para iniciar el proceso, eliminando barreras burocráticas previas.

Responsabilidad Autónoma de la Persona Jurídica

Es vital recordar que, bajo las leyes N.º 30424 y N.º 31740, la empresa como entidad jurídica puede ser penalmente responsable por delitos cometidos en su beneficio. Esto significa que la organización puede enfrentar desde multas calculadas en Unidades Impositivas Tributarias (UIT) hasta la disolución definitiva. Aquí, el «compliance» deja de ser opcional: un programa de cumplimiento robusto y acreditado funciona como un atenuante o eximente de responsabilidad frente a las autoridades.

El Rol del Directorio: Supervisión y Buenas Prácticas

La responsabilidad de los administradores es directa. Una supervisión ineficaz puede interpretarse como negligencia, derivando en responsabilidades civiles y administrativas. Para mitigar estos frentes, el Directorio debe liderar una estrategia basada en:

  • Implementación de Modelos de Prevención: Programas de cumplimiento tributario que detecten anomalías en tiempo real.
  • Capacitación Continua: Asegurar que el personal clave comprenda los límites éticos y legales de la planeación tributaria.
  • Transparencia Financiera: Garantizar que la información reportada sea el reflejo fiel de la realidad económica de la empresa.

 
El entorno regulatorio peruano 2025/2026 no deja margen para la improvisación. Comprender los riesgos penales tributarios es hoy una obligación estratégica. Proteger el patrimonio y la reputación de la empresa requiere una mirada proactiva desde la alta dirección, donde el cumplimiento sea el eje central de la continuidad del negocio.

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